Violencia digital: El desafío de construir espacios digitales seguros
La violencia digital de género existe y no es virtual. Cuando los textos amenazantes se multiplican en las redes sociales o a través de WhatsApp, es tan real y concreta como recibir los golpes de otra persona. Para abordar este fenómeno en el país serán clave los proyectos de ley de violencia digital y el de derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que se están discutiendo en el Congreso.
Una de las series más vistas por estos días en una de las plataformas de streaming es “Intimidad”, producción española que cuenta una doble historia de mujeres que están viviendo una situación similar a lo que le ocurre a otras miles en todo el mundo: sufrir la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, a través de plataformas digitales como redes sociales o grupos de mensajería, con una exposición pública dolorosa y compleja (también culposa), que se suma a acciones de acoso y hostigamiento digital. Se trata de la violencia digital de género (VDG) o violencia de género online, que toma varias formas, tantas como las que se dan en la vida real (o el offline), porque es violencia de género real, no una “virtual” que no existe o que deba ser aminorada en su impacto y consecuencias. Internet, como red en la que convergen distintas plataformas de información y comunicación, pasó ya las cinco décadas de existencia y desarrollo, transformándose en una tecnología clave para el desarrollo de la sociedad, como quedó demostrado durante la pandemia del coronavirus. Como tal, su mayor valor ha sido ser la promesa continua de libertad y conexión global, pero también en su historia comienza a ser un territorio difícil de habitar y de estar para muchas y muchos. En particular, es en las plataformas de redes sociales los lugares donde esta problemática y realidad ocurre con mayor frecuencia, desde Facebook en el inicio a Tik Tok y WhatsApp en la actualidad, que se supone eran espacios de sociabilidad, comunicación segura para conectarse con otros y otras.
En Chile, como en buena parte de los países en América Latina y el mundo, esto no fue tema ni de estudios, ni de debate, ni de cobertura de medios, ni menos de políticas públicas o de las instituciones vigilantes. Esto porque ocurría de forma silenciosa y porque había una percepción de que tecnologías como Internet son neutras o porque si se daba una situación compleja, se suponía que era culpa de quien se había expuesto en redes sociales, por ejemplo. Advertencias tempranas comenzaron a ser lideradas por la sociedad civil a comienzo de los años 2000, especialmente desde organizaciones de derechos de las mujeres. Estas han trabajado por posicionar un enfoque de género en la gobernanza de Internet. Es decir, en las decisiones y prácticas que finalmente van dando existencia a las distintas capas que tiene la red de redes y, especialmente, a las denominadas políticas o normas que autorregulan las plataformas digitales en aspectos como el uso de datos personales o resguardo de la privacidad. Aun así, en buena parte del mundo aún no se cuentan con datos ni estadísticas, sistematizadas ni oficiales, sobre situaciones de VDG que permitan dimensionar, sistematizar y gestionar los casos o denuncias.
MORIR EN LAS REDES DEL ACOSO
El año 2018, la Fundación Datos Protegidos presentó junto a la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, y con apoyo de ONG Amaranta, uno de los primeros estudios que se realizan en el país: “Violencia de género en Internet en Chile: Estudio sobre las conductas más comunes de violencia digital de género y la intervención del derecho penal”. Este presentó un primer diagnóstico de esta realidad: un 70% y 80% de mujeres y personas LGTBQI+ encuestadas reportó haber vivido una situación de violencia digital de género, como hostigamiento y ataques, a través del envío de mensajes con imágenes agresivas y amenazantes, suplantación de identidad, difusión de imágenes íntimas sin consentimiento u otras situaciones. En los siguientes años, otros estudios, especialmente basados en encuestas diagnósticas a mujeres, lesbianas y disidencias sexuales, niñas y adolescentes, y recientemente a mujeres en el mundo de la política, especialmente activas en la red social de Twitter y en el proceso de la Convención Constitucional, han permitido sumar evidencia y datos. Las consecuencias de todo esto van desde efectos a nivel emocional o psicológico a problemas a nivel físico. También llevan a desaparecer de las plataformas o ponerse un candado. Esto implica autolimitarse en el derecho a la libertad de expresión.
Un aspecto clave es la comprensión de que las situaciones de violencia digital no son iguales en el tiempo: a fines de la década de los 90 Internet recién comenzaba a ser usada cotidianamente, en cambio hoy existe un uso masivo y constante de estas tecnologías y plataformas. Por ello, su conceptualización y caracterización es un fenómeno dinámico. Por la evolución y avances de las mismas tecnologías y por aquellas relacionadas con su uso social. En este proceso de entendimiento ha sido clave la atención y las definiciones que ha realizado la Relatoría Especial de Naciones Unidas contra la Violencia hacia las Mujeres y Niñas (2017), ONU Mujeres, OEA y otros organismos internacionales que señalan que se trata de: “Cualquier acto de violencia de género contra las mujeres que se comete, ayuda o agrava, en parte o en su totalidad, por el uso de las tecnologías de información y comunicación, como los teléfonos móviles y los teléfonos inteligentes, Internet, las plataformas de medios sociales o el correo electrónico, contra una mujer por ser mujer, o que afecta a las mujeres de manera desproporcionada”. Recientemente, la Iniciativa Spotlight, liderada por el consorcio de organizaciones: Comisión Interamericana de Mujeres, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), con apoyo de ONU Mujeres ha establecido en su Informe “Ciberviolencia y ciberacoso contra la mujeres y las niñas, en el marco de la Convención Belem Do Pará” que se trata de: “Cualquier acción o conducta en contra de la mujer, basada en su género, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, económico o simbólico, en cualquier ámbito de su vida, la cual es cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia de las tecnologías de la información y comunicación”.
La violencia digital contra las mujeres y personas LGTBQI+ es real, ya sea a través de un mensaje amenazante que llega en sus redes sociales o a través del mensaje de WhatsApp de una expareja; es tan real y concreta como los golpes que pudieron haber recibido previamente de parte de esa misma persona. Es real cuando una lesbiana, gay o una persona trans expone sus puntos de vista y opiniones y es amenazada o amenazado por ello con recibir agresiones físicas, las que en muchas ocasiones también afectan a su entorno más cercano o familiar. Desde el lado de las grandes empresas dueñas de las plataformas digitales y redes sociales, los avances han sido lentos y considerados insuficientes; si bien hoy existen algunos recursos y herramientas para denunciar o reportar ataques o situaciones de violencia, esto no garantiza que en todos los casos el perfil del victimario sea dado de baja o que el problema se solucione definitivamente, porque existe detrás un sistema que automatiza tanto las denuncias como los sistemas de moderación de contenidos en ellas (algoritmos que están continuamente chequeando lo que se publica y lo que se reporta).
En Chile, serán clave los proyectos de ley (el de violencia digital y el del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia), que se están discutiendo en el Congreso para tipificar situaciones y conductas o violencia de género digital, de manera que se establezcan procedimientos para realizar denuncias seguras y para que los casos se investiguen hasta establecer las penas correspondientes a los nuevos delitos, que se espera se vayan tipificando. Ha sido muy importante también la inclusión de la norma en la propuesta de Nueva Constitución sobre espacios digitales libres de violencia (artículo 89). En paralelo, las acciones de resistencia y trabajo colaborativo que vienen de iniciativas de colectivos feministas y de la comunidad LGTBQI+ son estratégicas para el acompañamiento, la entrega de información y orientación que se han creado desde redes de organizaciones y colectivas feministas de América Latina. Entre ellas, destaca el trabajo pionero de la plataforma Dominemos la Tecnología, desarrollado por la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC), la plataforma de AcosoOnline, que se coordina desde Chile para América Latina con información y orientación sobre pornografía no consentida, el proyecto Aurora de ONG Amaranta, los estudios y talleres de Fundación Datos Protegidos y el trabajo de colectivos feministas como Luchadoras de México y Ciberseguras en América Latina.
Abrir espacios de colaboración y debate entre los sectores de las organizaciones de la sociedad civil, la ciudadanía, el sector público y la academia es clave para cuestionar la supuesta neutralidad o levedad de los casos de VDG, y avanzar en el desafío de construir una Internet segura y libre para todas, todos y todes.
PARA LEER MÁS
- Fundación Datos Protegidos, Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, y con apoyo de ONG Amaranta, “Violencia de género en Internet en Chile: Estudio sobre las conductas más comunes de violencia digital de género y la intervención del derecho penal”, octubre de 2018.
- “Ser política en Twitter: violencia política de género en redes sociales a candidatas constituyentes”, Interpreta y Corporación Humanas, julio de 2021.
- “Violencia digital: experiencias de niñas y adolescentes de Chile”, ONU Mujeres, junto a las consultorías de ONG Amaranta y Fundación Datos Protegidos.
- Relatora Especial de Naciones Unidas contra la Violencia hacia las Mujeres y Niñas (2017).
- “Ciberviolencia y ciberacoso contra las mujeres y las niñas, en el marco de la convención Belem Do Pará”, Iniciativa Spotlight (liderada por el consorcio de organizaciones: Comisión Interamericana de Mujeres, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará –MESECVI–, con apoyo de ONU Mujeres), abril de 2022.
- Proyecto de Ley: “Proscribe, tipifica y sanciona la violencia digital en sus diversas formas y otorga protección a las víctimas de la misma”. Cámara de Diputados, primer trámite constitucional, 1 de diciembre de 2020.
Proyecto de Ley: “Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”, Senado, segundo trámite constitucional, 5 de enero de 2017.